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Museo Roca - Instituto de Investigaciones Históricas

Así nació el Museo Roca

El 16 de junio de 1961, el presidente Arturo Frondizi aceptó por decreto la donación de José Arce y Amelia Bazán, que ofrecieron su casa de Vicente López 2220 al Estado Nacional para la creación del actual Museo Roca. Esta es la historia legislativa.

El 15 de enero de 1961 se publicó el segundo volumen de “Roca; su vida; su obra”, biografía del prócer escrita por el médico cirujano José Arce. En las palabras preliminares, el también diputado resumía el periodo presidencial y los temas que abordaría la segunda parte de la obra, y expresaba por primera vez su idea de donar al Estado su vivienda de la calle Vicente López. Esto escribió Arce:

“Como una manifestación concreta de la impresión dejada en mi espíritu por el estudio de la vida y la obra del prócer, ensayo un medallón intitulado: 'El hombre'. Pretendo reflejar en tres carillas la personalidad de Roca. Termino con breves referencias a su vida privada y a las honras fúnebres y homenajes que le fueron tributados después de su muerte. Sugiero la creación del Museo Roca”.


(El presidente Arturo Frondizi y el doctor José Arce -a su derecha- firman el protocolo de donación de la casa, el 25 de agosto de 1961).

Carta al Presidente

Fue entonces que envió una carta dirigida al Presidente de la República, Arturo Frondizi, ofreciendo al Estado su residencia de Vicente López 2220, para organizar un museo dedicado a Julio A. Roca y su época.

"Excelentísimo Señor: El segundo volumen de Roca quedará impreso en estos días. En breve haré llegar un ejemplar a manos de VE. Al final del volumen sugiero la creación del Museo Roca con fines educativos, para el pueblo en general, y de centro de información para los estudiosos. Las diferentes actividades del eminente estadista se prestan para estudios detallados y como consecuencia para muchas monografías...

Mi convicción acerca de esta obra de bien público, que lleva involucrada la creación del Museo Roca es tal, que he tomado una decisión que someto a la consideración de V. E. Me sentiría satisfecho de haber contribuido, en alguna medida a su creación”.

Los detalles de la donación

Dicho esto, Arce continúa su relato explicando la estrategia de donación, y el detalle del inmueble que pasaría a manos del Estado cuando este lo dispusiera. “Estoy dispuesto a donar al Estado una propiedad en la Capital que, con algunas refecciones, parecería edificada para el caso, en la cual podría instalarse debidamente el Museo. Esa propiedad consta:

En la planta baja, de tres grandes ambientes, con más de 200 metros cuadrados de superficie cubierta, en los cuales podría instalarse el Museo. Uno de los locales de 16 metros de largo, por 6 de ancho, incluye los anaqueles en roble de una gran biblioteca. Dichos anaqueles parecen haber sido hechos de encargo para un museo. Existen, además, locales para administración, depósito y taller".


(Plano de la planta baja del Museo Roca, allá por 1961).

"En la planta alta existen dependencias habitables. Esta parte de la propiedad, como también una piscina de natación, con entrada por el Noroeste de la calle Vicente López, queda completamente separada de la antes descripta. Solicito que el Estado nos autorice a residir en ella, a mí y a mi señora, mientras vivamos. La circunstancia de habitar en la vecindad del local en que se instale el museo, facilitará, singularmente, las tareas de organización e instalación”.

Las cuentas y la casa en orden

En lo que respecta a los números todo estaba tasado y calculado. Arce le sugería al Estado la inversión de “no más de un millón de pesos”, para algunas refacciones que necesitaba la casa, y el pago de una renta para que su esposa, Amelia, pudiese vivir “decorosamente cuando yo falte”. En materia impositivamente todo estaba saldado.

  • 1° La propiedad ha sido tasada en diez millones de pesos por una empresa financiera, en favor de la cual reconoce un gravamen hipotecario de un millón de pesos que vence en septiembre próximo. Los intereses están totalmente pagados hasta esa fecha.

  • 2º Deberes ineludibles me obligarían a reservar la parte que corresponde a mi señora, con el fin de formar un pequeño fondo que le asegure la renta indispensable para vivir decorosamente cuando yo falte. Pero ella ha tenido a bien solidarizarse con mi actitud y, como consecuencia, firma ésta presentación, expresando su conformidad.

  • 3º La propiedad reclama algunas refacciones. Si el Poder Ejecutivo acepta esta propuesta, no será necesario invertir más de un millón de pesos.

  • 4º Lo adherido a los muros, sin comprender muebles, libros y obras de arte, están incluidos en esta donación. También lo están los anaqueles de roble a que antes me he referido".


(Amelia y José en una noche de gala).

Finalmente, la firma de los donantes: "A la espera de la decisión de V. E. le saludo con mi más alta consideración. Sr. Presidente de la República doctor Arturo Frondizí. Firmado: José Arce; Amelia B. de Arce”.

Nacimiento y primeros pasos del Museo Roca

  • El 16 de junio de 1961, por decreto 4838/61, el Poder Ejecutivo aceptó la donación y creó legislativamente el Museo Roca, un espacio con destino a la guarda y conservación de los documentos, correspondencia, efectos personales, libros referidos a la vida del general Julio Argentino Roca.

  • El 17 de julio 1961, a instancias de Arce, se funda la asociación civil Amigos del Museo Roca.

  • El 16 de agosto el ofrecimiento y la aceptación son protocolizados por el Escribano General de Gobierno de la Nación: Jorge Ernesto Garrido.

  • El 10 de noviembre se protocoliza la escritura de donación; firma el presidente Arturo Frondizi, por el Estado y Arce, por su derecho en carácter de donante, quedando a cargo de la organización del nuevo Museo Roca.

  • El 10 de diciembre, el organizador logra que se incluya en la ley 16.432, el art. 67 que declara al inmueble monumento nacional en los siguientes términos:

“Declarase monumento nacional el inmueble ubicado en la calle Vicente López 2220/24/30 de la Capital Federal donde deberá instalarse el Museo Roca de conformidad con lo dispuesto en el decreto 4838 del 16 de junio de 1961. A los efectos del cumplimiento del referido decreto decláranse de utilidad pública los derechos de los ocupantes y/o inquilinos del inmueble citado. El Poder Ejecutivo adoptará las medidas conducentes al mejor cumplimiento de esta disposición a los fines de la instalación del referido museo”.


(Entrada al Museo Roca).

Decreto de creación del Museo Roca

“CONSIDERANDO:

Que el 19 de octubre de 1964 se cumplirán cincuenta años de la muerte del Presidente, General Julio A. Roca.

Que es deber de la Nación y de sus representantes rendir justo tributo a la memoria del varón ilustre que coadyuvó, con las armas, al logro de la unidad del Estado, conquistó para la soberanía argentina más de veinte mil leguas del desierto dominado por el salvaje y sentó las bases de la moderna organización del viejo Ejército.

Que tales son, sumariamente aludidos, los títulos para la gloria del General Roca. Desaparecidos por la obra del tiempo y por la conciencia histórica de las generaciones nuevas, la pasión que fatalmente cerca a los grandes hombres, corresponde a la actual, rendir adecuado homenaje al estadista ilustre.

Que al General Roca le corresponde, asimismo, el mérito insigne de haber consolidado, de acuerdo al pensamiento de Alberdi, a Buenos Aires como Capital de la Nación. Los sangrientos combates de Barracas y Corrales rubricaron, con el sable, el anhelo insatisfecho de la nacionalidad, desde la revolución de Mayo, de contar con la poderosa ciudad de Buenos Aires como plataforma federal de todos los argentinos.

Que la importancia de la federalización de Buenos Aires difícilmente podría ser disminuida por las actuales generaciones, que han crecido y se han formado en las condiciones de Nación unificada.

Muchas son las obras que testimonian el valor de Roca como estadista en sus dos pacíficas presidencias. Baste recordar ahora que a sus gobiernos se debe la creación de una moneda única para toda la República. También creó el Registro Civil, organizó los territorios nacionales, promovió la Ley Orgánica del Ejército, fundó el Banco Hipotecario Nacional, inició la construcción del Puerto de la Capital y dejó su sello poderoso en cada uno y todos los aspectos que configuran la Argentina moderna.

Que a este soldado siempre victorioso, le correspondió la gloria pacífica de haber conjurado por su flexibilidad diplomática un conflicto con la República hermana de Chile y de haber inspirado la célebre Doctrina de Drago.

Que finalmente, el ofrecimiento formulado por el Profesor Dr. José Arce, en nota de fecha 17 de enero de 1961, por el cual cede al Estado Nacional, en donación, una finca de su propiedad sita en la calle Vicente López 2220/24/30, para instalar en ella un Museo destinado a recordar la vida y obra del Presidente Roca, facilita la realización de esta idea auspiciada por el Poder Ejecutivo Nacional, y que, asimismo, teniendo en cuenta la reconocida versación del donante en lo referente a la trayectoria histórica cumplida por el General Roca, lo señala como la persona indicada para la organización del referido museo.


(El boletín oficial del 16 de junio de 1961 publicó el decreto firmado por Frondizi).

Por ello, El Presidente de la Nación Argentina

DECRETA:

Artículo 1º Créase, dependiente del Ministerio de Educación y Justicia, el “Museo Roca” destinado a la guarda y conservación de los documentos vinculados a la actuación militar, administrativa, parlamentaria y política del Presidente de la República, Teniente General D. Julio Argentino Roca, como también de los objetos personales del mismo, correspondencia privada, fotografías, mapas, planos y libros que se refieran a la vida y obra del mencionado Presidente.
Art. 2º - Acéptase la donación hecha al Estado Nacional por el profesor José Arce del inmueble situado en esta Capital, en la calle Vicente López 2220/24/30.
Art. 3º - Acéptanse igualmente, las condiciones establecidas por el donante, en la nota a que se refieren los considerandos - de este decreto.
Art. 4º - Encomiéndase al profesor José Arce la organización del Museo, debiendo proyectar su reglamentación, la que será sometida a la aprobación del Poder Ejecutivo, juntamente con el plan de refacciones que sea necesario efectuar en la propiedad donada, para adaptarla al objeto a que se la destina.
Art. 5º - El Ministerio de Educación y Justicia, dentro de los sesenta días de la fecha del presente decreto, tomará los recaudos necesarios para concretar las disposiciones del Artículo 1º como así también para organizar un llamado a concurso destinado a premiar al autor argentino que escriba la mejor obra sobre el tema "Roca y su época".
Art. 6º - Agradézcase la actitud del donante, con agregación de una copia autenticada de este decreto.
Art. 7º - El escribano General del Gobierno de la Nación, procederá a protocolizar la nota de ofrecimiento y a otorgar la escritura traslativa de dominio del inmueble donado a favor del Estado Nacional, en la forma determinada en el Art. 3º antes mencionado.
Art. 8º -El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Educación y Justicia.
Art. 9º - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese. 16-06-61
Arturo Frondizi/ Luis R. Mac'kay.

Fuente: Garrido, Marcela: José Arce, 1881-196, biografía visual, Buenos Aires, Museo Roca, 2007