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Museo Roca - Instituto de Investigaciones Históricas

Los primeros pasos para una legislación laboral

Acciones del Estado entre 1880-1914

Durante las últimas décadas del siglo XIX, Argentina experimentó un intenso desarrollo de su economía agroexportadora, insertándose de esta manera en el mercado mundial. Este modelo productivo impulsó, entre otros efectos, la creación de nuevos puestos de trabajo que explican, en cierta medida, la llegada masiva de inmigrantes y su rápida incorporación a las diversas esferas laborales.

Fábrica de Calzado, circa 1910. Caras y Caretas, Museo de la Ciudad.

Sin embargo, el crecimiento de la actividad productiva no supuso una mejora en las condiciones de trabajo. Esto generó malestar entre trabajadores que masivamente comenzaron a organizarse desde fechas muy tempranas para denunciar y revertir dicha situación, lo que generó que el Estado se ocupara de dar una respuesta a la llamada “cuestión obrera”.

Huelga de harineros y foguistas, 1904, Archivo General de la Nación.

Durante la segunda presidencia de Julio A. Roca (1898-1904), la respuesta del Estado ante la cuestión obrera fue de dos tipos. A la intensificación de la protesta obrera y el accionar anarquista opuso, por un lado, la ley N° 4144, mejor conocida como Ley de Residencia – proyecto original del senador Miguel Cané – que permitía expulsar del país a todos los extranjeros "cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público”.

Roca lee el mensaje de apertura del 42° período legislativo en el antiguo Congreso, 1903, Archivo General de la Nación.

Pero, por otro lado, ese mismo Estado, mostró, también, interés en atender la cuestión del trabajo mediante la elaboración de una legislación laboral apropiada al país y a la época. 

En 1904, el Poder Ejecutivo encargó la elaboración de un informe para relevar el estado de los trabajadores en la Argentina. Juan Bialet Massé se ocupó de las condiciones laborales del interior del país, mientras que Pablo Storni haría lo mismo, pero para la Ciudad de Buenos Aires.

Informe Bialet Massé, Colección Museo Roca.

Para ese mismo año, basados en la experiencia de distintos casos europeos, el Ministro del Interior, Joaquín V. González, envió al parlamento el proyecto de Ley Nacional de Trabajo, en cuya investigación previa habían participado profesionales de diversa extracción ideológica, desde liberales hasta socialistas.

Joaquín V. Gonzalez. Escultura en bronce de Héctor Ximénez, 1903. Colección Museo Roca.

Este ambicioso proyecto estaba compuesto por 14 títulos y 466 artículos. Contenía una serie de disposiciones sobre la acción gremial donde se detallaba que no serían reconocidas aquellas sociedades obreras "con propósitos contrarios a la moral, las buenas costumbres, a las leyes, a la integridad nacional o a la constitución de la república". Otro de los aspectos interesantes del proyecto hacía referencia a establecer una legislación protectora sobre una amplia gama de temas que cubrían buena parte de las demandas del movimiento obrero: los contratos de trabajo, las agencias de colocación, los accidentes de trabajo, la duración de la jornada laboral, la regulación del trabajo a domicilio, el trabajo de los niños/as, las mujeres e indígenas, condiciones de higiene y de seguridad, entre otros.

El proyecto de ley fue rechazado categóricamente por los representantes de los sectores directamente involucrados. Los industriales y empresarios en general, no brindaron su apoyo por considerarlo demasiado beneficioso para los trabajadores y por no haber sido consultados para elaborar el proyecto, mientras que la Federación Obrera (anarquista) y la Unión Gremial de Trabajadores (liderada por socialistas) se opusieron argumentando el carácter restrictivo respecto a las sociedades gremiales.

Si bien el proyecto nunca fue tratado en su conjunto, a partir de esta iniciativa se desprendieron las primeras leyes laborales sancionadas en el país. En 1905, impulsada por el diputado socialista Alfredo Palacios, se sancionó la ley N° 4661 sobre Descanso Hebdomadario o Dominical (sólo vigente en Capital Federal) y, dos años más tarde, por iniciativa del mismo diputado y el propio Poder Ejecutivo, se aprobó la ley N° 5291, que reglamentó el trabajo femenino e infantil.

Alfredo Palacios, 1912, Archivo General de la Nación.

En este contexto de producción de una legislación laboral y de políticas destinadas a atender la cuestión obrera, en marzo de 1907, el presidente José Figueroa Alcorta (1906-1910) creó el Departamento Nacional del Trabajo, con el objetivo de “recoger, coordinar y publicar todos los datos relativos al trabajo de la República, especialmente en lo que concierne a las relaciones del trabajo y del capital y a las reformas legislativas y administrativas capaces de mejorar la situación material, social, intelectual y moral de los trabajadores”.

En 1915 se sancionó la ley N° 9688 sobre accidentes de trabajo constituyéndose en la primera ley de seguridad social en el país.

Si te interesa saber más sobre estos temas, no dejes de visitar la exhibición “Los rostros de la Argentina Moderna”, donde podrás ver un ejemplar original dedicado a Roca del Informe de Bialet Massé que forma parte del patrimonio del Museo Roca. 

*Por Melisa Aita Camps y Sofia Ehrenhaus

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El informe Bialet Massé y la Ley Nacional de Trabajo

*Podés descargar el informe completo en este link.